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Cooperación internacional para el desarrollo

La cooperación internacional

La cooperación internacional para el desarrollo, no sólo es una exigencia ética y un acto de solidaridad, sino que constituye una necesidad ineludible e insoslayable, si se quiere afrontar el enorme desafío de acabar con el doble flagelo de la pobreza y de la desigualdad.

Al mismo tiempo, en un mundo donde tanto las amenazas como las oportunidades están interconectadas, la cooperación para el desarrollo no sólo es un imperativo moral, sino también una inversión en la prosperidad compartida, en la seguridad colectiva y en el futuro común.

La Junta de Castilla y León, trabaja en cooperación internacional para el desarrollo, como respuesta a las inquietudes y demandas de su ciudadanía y porque aporta un valor añadido, a la cooperación que hace el Estado Español reconocida por la Ley 1/2023, de 20 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la Solidaridad Global. Ley 1/2023, de 20 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la Solidaridad Global

El IV Plan Director de Cooperación para el Desarrollo de Castilla y León 2023-2026 es el documento estratégico que guía las actividades de cooperación en esta Comunidad, estableciendo sus prioridades de acción. De este modo, la política de Cooperación para el Desarrollo centra sus prioridades en cuatro líneas de trabajo:

  • El apoyo económico a proyectos e intervenciones de cooperación para el desarrollo en países empobrecidos. El interés de este apoyo reside en contribuir a la lucha contra la pobreza a nivel global, la promoción de los Derechos Humanos y la construcción de una sociedad global más justa y solidaria.
  • El fomento de la ciudadanía global en Castilla y León mediante: la formación y sensibilización de la población castellano y leonesa sobre las causas y consecuencias de la pobreza y las desigualdades, el fomento del voluntariado en esta materia, la investigación y la educación como ciudadanos globales. La consecución de un desarrollo humano sostenible donde no se deje a nadie atrás, debe ser el objetivo de las acciones de la  Educación Transformadora para la Ciudadanía Global desde el conocimiento y el reconocimiento que el cambio global también se trabaja desde lo local, a través de una ciudadanía activa, empática, corresponsable y solidaria.
  • La atención a las necesidades de la población afectada por crisis humanitarias ya sea derivadas de catástrofes naturales, conflictos armados o crisis cronificadas. En estos contextos será necesario que todos los esfuerzos se encuentren focalizados hacia el fortalecimiento progresivo de las capacidades locales y hacia una acción humanitaria responsable que refuerce la recuperación.
  • La cooperación técnica destinada a reforzar las capacidades individuales y organizativas por medio de la oferta de servicios de especialistas, formación y posibilidades de aprendizaje conjunta. En cualquiera de sus modalidades supone poner en relación dos o más actores interesados en intercambiar conocimientos, tecnologías y experiencias, con el ánimo de colaborar en la búsqueda de soluciones a problemas de desarrollo en clave de aprendizaje mutuo, en un lenguaje común y mutuamente favorables.
Modalidades de ayuda

La Junta de Castilla y León lleva más de 30 años trabajando en la lucha contra la pobreza y la defensa y promoción de los Derechos Humanos en el mundo. Este compromiso se canaliza a través de diferentes programas e instrumentos de lucha contra la pobreza y las desigualdades, en un mundo interconectado.

En el período 2018-2023 han mejorado sus condiciones de vida 2.009.668 personas, gracias al compromiso solidario de los castellanos y leoneses.

Siguiendo el IV Plan Director, la política de Cooperación para el Desarrollo de la Junta de Castilla y León, centra su prioridades en 4 modalidades:

  • Cooperación económica no reembolsable, que incluye los siguientes instrumentos: convocatoria de subvenciones de proyectos de desarrollo, convocatoria de subvenciones de microproyectos y microacciones complementarias en el exterior, subvenciones directas para proyectos multisectoriales y plurianuales.
  • Acción humanitaria, que incluye los siguientes instrumentos: subvenciones directas para intervenciones destinadas a hacer frente a crisis cronificadas, conflictos bélicos y emergencias, de carácter humanitario.
  • Educación transformadora y para la ciudadanía global (ETCG), que incluye los siguientes instrumentos: convocatoria de ONGD para proyectos de ETCG, convocatoria de centros educativos, convocatoria de premios a trabajos académicos sobre cooperación internacional para el desarrollo, convocatoria de becas para la formación práctica en cooperación para el desarrollo, ayuda directa a la COODECYL.
  • Cooperación técnica cuyo instrumento son las subvenciones de concesión directa, al centrarse en proyectos piloto.

Puede acceder aquí a las convocatorias de ayudas de la Junta de Castilla y León

Contacto

Servicio de Cooperación Internacional para el Desarrollo

Servicio de Cooperación Internacional para el Desarrollo

Calle Santiago Alba, 1. C.P.: 47008 .

983 412868

Correo electrónico (pulse para verlo)

Memorias

En las siguientes memorias de ejecución se recogen las actividades en materia de Cooperación Internacional para el Desarrollo de ejercicios pasados. Se encuentran articuladas en función de las modalidades de cooperación que se ejecutan desde la Dirección de Acción Exterior.

Normativa
La base normativa, sobre la que se asientan los principios que rigen la cooperación para el desarrollo en la Comunidad Autónoma de Castilla y León, desciende desde tratados internacionales pasando por la Constitución Española de 1978, hasta el propio Estatuto de  Autonomía de Castilla y León , que reconoce en su artículo 67.4 que en su acción exterior, los poderes públicos de Castilla y León "promoverán la paz, la solidaridad, la tolerancia, el respeto a los derechos humanos, la prohibición de cualquier forma de discriminación y la cooperación al desarrollo".

Ese espíritu se materializó en la Ley 9/2006, de 10 de octubre, de Cooperación al Desarrollo de Castilla y León, que contempla como retos de nuestra sociedad: la erradicación de la pobreza, el reparto justo de los beneficios económicos, el progreso humano, económico y social o la defensa y pleno disfrute de los derechos fundamentales de las personas. 

Así pues, las acciones que se realizan en materia de cooperación al desarrollo, están amparadas por los siguientes textos legales:

Órganos de participación

En la LEY 9/2006, de 10 de octubre, de Cooperación al Desarrollo , en su capítulo IX, se definen los Órganos de la Comunidad Autónoma competentes en la política de cooperación al desarrollo. La Ley 5/2014, de 11 de septiembre, de Medidas para la Reforma de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. , modificó el artículo 39 dedicado a la regulación del Consejo de Castilla y León de Cooperación al Desarrollo, cuyo desarrollo reglamentario se estableció mediante el  DECRETO 5/2015, de 15 de enero, por el que se regula el Consejo de Castilla y León de Cooperación para el Desarrollo.

El Consejo de Castilla y León de Cooperación al Desarrollo es el órgano colegiado consultivo y de participación de los distintos agentes implicados en la cooperación al desarrollo en la Comunidad Autónoma. Está presidido por el titular de la consejería competente y en él participan representantes de las Cortes de Castilla y León, de las administraciones públicas de la Comunidad, de las organizaciones empresariales y sindicales, de las universidades y de las organizaciones no gubernamentales de desarrollo.

La finalidad de este órgano es constituirse en un instrumento de coordinación de carácter consultivo y deliberante y como cauce de la participación de los distintos agentes implicados en la cooperación para el desarrollo en la Comunidad.

A continuación puede consultar las últimas Actas de los Plenos del Consejo de Castilla y León de Cooperación al Desarrollo:

Grupos de Trabajo

La Junta de Castilla y León considera fundamental la participación coordinada de los agentes de cooperación, tanto los de nuestra región, como con otras comunidades autónomas y con el gobierno central, por lo que participa regularmente en varios grupos de trabajo en materia de cooperación para el desarrollo. 

Agentes de cooperación
El artículo 22 de la LEY 9/2006, de 10 de octubre, de Cooperación al Desarrollo establece que se consideran Agentes de Cooperación a “las entidades de carácter público y privado que intervengan en las tareas de Cooperación al Desarrollo y compartan y respeten los objetivos y principios previstos en esta Ley”. En este sentido serán Agentes de Cooperación al Desarrollo:
  1. La Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León y las Entidades Locales de la Comunidad.
  2. Las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo.
  3. Las Universidades y otras instituciones de enseñanza o investigación.
  4. Las empresas y organizaciones empresariales.
  5. Los sindicatos y las organizaciones sindicales.
  6. Las comunidades castellanas y leonesas asentadas en el exterior.
  7. Otras entidades públicas o privadas que tengan entre sus fines la realización de actividades de Cooperación al Desarrollo o actúen en este ámbito.

Dada la realidad del contexto internacional y los cambios en los paradigmas y en el modelo de cooperación para el desarrollo, deben considerarse como actores fundamentales de cooperación a las ONGD, a los organismos multilaterales (PMA, FAO, OIT o PNUD), y a las entidades sin ánimo de lucro, públicas o privadas, del país de intervención de la cooperación castellana y leonesa. Asimismo, se deben desarrollar instrumentos que permitan la incorporación de otros actores no tradicionales al sistema de cooperación.

La participación de estos agentes en la política de cooperación internacional al desarrollo se ha desarrollado reglamentariamente a través del DECRETO 5/2015, de 15 de enero, por el que se regula el Consejo de Castilla y León de Cooperación para el Desarrollo. .

En este sentido, ejerce un papel fundamental de impulso, coordinación e interlocución la Coordinadora de Organizaciones de Desarrollo de Castilla y León (COODECYL) como actor principal con identidad y relevancia propias.

Por su parte, el DECRETO 46/2008, de 26 de junio, por el que se regula el Registro de Agentes de Cooperación al Desarrollo de Castilla y León. establece  que la inscripción en el Registro de agentes de cooperación es requisito imprescindible para que aquellos organismos o entidades que no sean administración pública, puedan recibir ayudas o subvenciones destinadas a la cooperación al desarrollo.